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miércoles, 1 de junio de 2011

Destapando el mito: ¿Es ilegal patinar por las calles de Chile?


Es común ver en videos norteamericanos o europeos de skateboarding callejero, carteles que prohíben la práctica del deporte en ciertos lugares de la ciudad. En base a aquellas prohibiciones es que nacen algunas de las conocidas consignas de los practicantes como “skateboarding is not a crime”, entre otras. Acá en Chile el asunto no es tan distinto, si bien la realización del deporte no conforma un delito, dependiendo del caso te puedes llevar una desagradable multa a tu casa.

Por Williamson Catalán Maldonado y Fele Rodríguez Pino

Santiago se ha convertido en una ciudad que ha recibido de buena manera el skateboarding. El arribo en masa tiene ya más de 15 años, y nunca ha existido atisbo de ilegalidad en él. Aunque existen ciertas limitaciones para su práctica, ninguna cuenta con respaldo de la Constitución. Vecinos molestos por ruidos o padres sobre protectores que han intentado prohibir la realización del skateboarding son los principales enemigos del skater.

El skateboarding, al tratarse de un deporte que, de alguna manera, "se toma”  las calles, tiende a tildarse de ilegal. Sin embargo, no existe en la Constitución chilena actual, ninguna prohibición en su práctica, ya sea total o parcial.

El Teniente Araya de Carabineros, perteneciente a la 1º Comisaría de Santiago, nos cuenta que los funcionarios de dicha institución pueden llamar la atención a aquellos jóvenes que no hagan uso de las medidas de seguridad pertinentes a la práctica del deporte, como las son el casco, las rodilleras y coderas, pero no pueden detenerlos en caso que no las presenten. Tampoco pueden detenerlos por andar sobre la tabla en lugares públicos o no establecidos, siempre y cuando el skater se abstenga a sólo patinar, sin hacer trucos. En casos que el skater no cumpla esta norma, el oficial sí podría disponer a la detención bajo el cargo de “desorden en la vía pública”. Sin embargo, esta detención queda estríctamente bajo el criterio de Carabineros, lo que demuestra un vacío legal en relación a lo que se considere como desorden público o no.

Según el consultor legal de la I. Municipalidad de Providencia, la práctica del skateboarding no será considerada como desorden en la vía pública, mientras que algún transeúnte o vecino no haga una queja formal con respecto al hecho. De llegar a ser detenido bajo el cargo de desorden público, el skater debería ser llevado al cuartel de Carabineros, siendo la Fiscalía la responsable de aplicar o no una multa económica.

El abogado y docente de la Universidad de Chile, Rodrigo Bustos, afirma que la Constitución considera como desorden público aquellos actos que, actuando en grupo, y con el fin de atentar contra la paz social, alteren el orden establecido, poniendo en riego a las personas, produciendo daños en las propiedades u obstaculizando y/o invadiendo instalaciones o edificios. Bajo estos antecedentes, Bustos declara que: “el gran vacío en la ley es que quién la aplica en la realidad Carabineros, por lo mismo, su interpretación corre por cuenta del criterio personal más que de un criterio colectivo”.

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